jueves, 11 de junio de 2009

Realidad del Sistema Penal Venezolano (Fiscal General de la República 2009)

Me permito copiar una noticia que me llamó mucho la atención publicada en la pagina web del Ministerio Público, donde la Fiscal General de Venezuela describe y reconoce con realidad la situación del Sistema Penal en Venezuela. La nota se encuentra redactada así:

La Fiscal General de la República, Luisa Ortega Díaz, intervino en la I Jornada con la ponencia Impunidad: Impacto Social, durante la cual señaló que en cada hecho punible que ocurre la sociedad aspira se lleve a cabo la pretensión punitiva del Estado.

“Sin embargo, en algunos casos ello no ocurre, ocasionando en la sociedad diversos sentimientos negativos, que generan la sensación de impunidad. Entre ellos podemos señalar: la pérdida de confianza y credibilidad en las instituciones que conforman el sistema penal. La ausencia de solución a los conflictos humanos que subyacen en cada hecho punible y la frustración social por no obtener justicia ante el injusto del cual se ha sido víctima”.


Refirió que en Venezuela, en el año 1999, tras la entrada en vigencia del Código Orgánico Procesal Penal, existían aproximadamente 20 millones de causas penales sin resolver, las cuales corresponden a hechos punibles ocurridos durante los años 70, 80 y 90, y que se encontraban distribuidos entre los cuerpos policiales, el Ministerio Público y los tribunales penales.

De estas causas penales que forman parte de lo que se denomina Régimen Procesal Penal Transitorio, se encuentran algunas que en su momento llegaron a tener relevancia, incluso internacional, pero esta relevancia no fue tal para los distintos organismos internacionales, “protectores de los Derechos Humanos”.

Mencionó algunos casos como la manifestación del 27 de febrero de 1989, conocida como el “caracazo”; la masacre de Cantaura en el estado Anzoátegui, del 4 de octubre de 1982, y el asesinato de otros militantes políticos en la población de Yumare estado Yaracuy.
“Como consecuencia de dicha situación quedamos con la cultura de impunidad, con la sensación de que los delitos no se castigan, que el sistema penal no funciona, que hay impunidad, aun cuando en la última década se ha dado muestra de que el Estado trabaja intensamente para erradicarla, sin embargo ese sabor aún persiste”.

Ortega Díaz expresó que si a las cifras de los hechos punibles ocurridos, se le agrega la llamada “cifra negra”, se puede afirmar que durante más de cuatro décadas en Venezuela, prácticamente no existió justicia penal.

En la actualidad el sistema penal es cuestionado severamente, no sólo por la alta cantidad de hechos punibles de los cuales no tiene conocimiento, sino fundamentalmente por el elevado volumen de asuntos que siendo de su conocimiento no se obtienen respuesta, agregó.

Dijo que en la sociedad existe consenso en cuanto a la sensación de impunidad, pero en cuanto a los delitos conocidos como de “cuello blanco” la opinión es unánime. Para abordar este punto resulta de gran ayuda partir de la distinción que el profesor Eugenio Raúl Zaffaroni, en su obra “Manual de Derecho Penal: Parte General”, hace de la criminalización primaria y secundaria.
“En su opinión nos encontramos frente a la criminalización primaria cuando una conducta es “descrita en una ley como delito… es un acto legislativo de prohibición bajo amenaza de pena”. Por el contrario, entiende la criminalización secundaria como la “acción punitiva ejercida sobre personas concretas”, “es el acto del poder punitivo por el que éste recae sobre una persona como autora de un delito”.

A tal efecto se refirió a las fallas de las cuales adolecen las instituciones que conforman el sistema penal, las cuales también generan impunidad.

En la fase de investigación una cantidad de denuncias no siguen el curso legal correspondiente porque las mismas rebasan la real capacidad de las instituciones encargadas de dicha fase.
“Es importante destacar que una investigación penal caracterizada por la lentitud, con una duración promedio de cuatro años, dificulta el pronunciamiento de un acto conclusivo acusatorio, y aún más, el normal desenvolvimiento de las etapas procesales posteriores. En tal situación la ubicación de los testigos, imputados, funcionarios policiales, expertos y hasta de la propia víctima, se hace bastante difícil.

Durante las fases intermedia y de juicio los constantes diferimientos de audiencias también producen retardo procesal. Entre las principales causas de diferimientos de audiencias está la falta de traslado de los procesados sujetos a medida de privación de libertad a la sede de los Circuitos Judiciales Penales.

La capacidad de respuesta del Estado ante el fenómeno criminal también es afectada por la escasa utilización de las medidas alternativas a la prosecución del proceso, como los acuerdos reparatorios, la suspensión condicional del proceso y el principio de oportunidad, previstas en la legislación procesal penal.

En tal sentido, destacó algunos proyectos impulsados desde el Ministerio Público para disminuir las causas que generan impunidad, entre estas la creación en cada una de las circunscripciones judiciales del país de la Unidad de Depuración Inmediata de Casos, la Unidad de Descongestionamiento de casos, así como la Unidad Anticorrupción del Ministerio Público, adscrita a la Dirección contra la Corrupción.

Otro fenómeno que afecta a la sociedad internacional es la violación de los derechos humanos, para ello se creó la Unidad Criminalística Contra la Vulneración de Derechos Fundamentales, adscrita a la Dirección de Derechos Fundamentales del Ministerio Público.

También, destacó la constitución de la Escuela Nacional de Fiscales del Ministerio Público, de las Fiscalías Municipales, las Fiscalías Penitenciarias y las Fiscalías en Violencia de Género.

Por otra parte, “una de las misiones atribuidas a la figura de la Fiscal General de la República es su participación en la política criminal del Estado, y en este sentido, el Despacho presentó a finales del año pasado ante la Asamblea Nacional el Proyecto de “Ley para la Extinción de la Acción Penal en las Causas del Régimen Procesal Penal Transitorio”, como parte de la iniciativa legislativa, en respuesta a una realidad que ha desbordado la estructura del sistema penal”.

También, se refirió a la participación del Ministerio Público y de otras instituciones del Estado en el Consejo Superior Penitenciario, el cual tiene por objeto lograr la coordinación de entes para dar cumplimiento a los principios desarrollados en la Ley de Régimen Penitenciario.

Asimismo, el Ministerio Público forma parte del Consejo Nacional de Prevención y Seguridad Ciudadana, para lograr la articulación de esfuerzos de las instituciones del Estado para formular una política pública en materia de seguridad.

Informó sobre el plan del Ministerio Público para cubrir aproximadamente 1300 despachos fiscales actualmente vacantes, con la finalidad de aumentar la capacidad de respuesta del ente rector de la investigación penal y titular de la acción penal.

En su opinión la lucha contra la impunidad pasa por buscar otras formas de juzgamiento, de seguir los procesos para determinar la responsabilidad de las personas. La sociedad ha avanzado y se hace necesario que las instituciones avancen a esa misma velocidad.

Finalmente, dijo que la lucha contra la impunidad que se ha planteado el Ministerio Público “es una necesidad de dar respuestas, de dar paso a una justicia social y de paz que reivindicamos con esta jornada”.